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Hace unos días, el periódico El Segre se hacía eco del aumento de un 8,5% (respecto al año pasado) de los robos con fuerza en las viviendas de Lleida ciudad. Es por esta razón que, la cobertura que te ofrece  tu seguro del hogar es un punto muy importante a considerar a la hora de escogerla.

Una de las coberturas habituales en nuestro seguro del hogar, comercios o empresas es el robo. Pero, ¿conocemos bien la diferencia que hay entre los diferentes tipos de sustracción de bienes en contra de nuestra voluntad? ¡Aquí te los explicamos!

Los seguros diferencian entre tres tipos de sustracción de bienes: el robo, la expoliación y el hurto. Las diferencias radican en la forma en que se desposee al propietario de estos bienes. Y es precisamente esta diversidad la que marca el grado de cobertura en nuestras pólizas de seguro. Vamos a explicarlas:

El robo: Se entiende como la sustracción de bienes por parte de terceros, mediante la fuerza o la violencia sobre objetos (como por ejemplo: la rotura de cerraduras, cristales, ventanas, puertas, etc.) para poder acceder dentro de la vivienda.

La expoliación: También se puede denominar “atraco”. Se produce cuando hay un robo ejerciendo el uso de la fuerza, intimidación o agresión hacia personas.

El hurto: En este caso, la sustracción se produce sin efectuar ningún tipo de violencia, ni sobre las personas, ni sobre los objetos. Un ejemplo para entenderlo sería la situación en que una persona entra dentro de una tienda y consigue llevarse un artículo sin pagarlo. El propietario del negocio se dará cuenta que le han hurtado este objeto, pero no ha sido ejerciendo la violencia y por lo tanto, se entiende como un hurto.

Si tenemos clara esta diferencia, sabremos hasta qué punto nos cubre y hasta cuál no nos cubre nuestro seguro del hogar. De este modo, sabrás si la póliza que tienes contratada es suficiente o necesitas ampliar tus coberturas.

Se tiene que tener en cuenta que todos los seguros de hogar cubren los robos, pero no todas se hacen cargo de los hurtos que le ocurran al asegurado.

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¿Cómo debo actuar si me roban, me hurtan o me expolian?

 1. Primeramente, nos tendríamos que poner en contacto con la policía para denunciar lo sucedido. La policía determinará si ha sido un caso de robo, expoliación o hurto.

2.  A partir de aquí, tenemos que presentar la denuncia a nuestra aseguradora, para que determine el grado de cobertura, según la situación que hemos sufrido y que, del mismo modo, se nos cubran los desperfectos que el robo ha ocasionado.

Tal y como nos podemos imaginar, el robo y la expoliación (o atraco) quedan más amparados, puesto que existen pruebas físicas de la sustracción. En el hurto, en cambio, se ofrece siempre una cobertura menor al resultar -en muchos casos-, imposible comprobar la veracidad de los hechos.

¿Te gustaría contratar un seguro completo que te cubra todos los casos de sustracción de bienes? ¿Crees que tienes muy pocas coberturas en tu seguro del hogar? ¡Contáctanos! ¡Nosotros te podemos ayudar! ;)

GRUP JOHNNY CAÑELLAS

-Publicado por: Grup Johnny Cañellas Asesores de Seguros-